ESTATUTOS

De la Constitución, denominación, domicilio y duración de la Asociación

TITULO I

DE LA CONSTITUCIÓN, DENOMINACION, DOMICILIO y DURACION DE LA ASOCIACION.

ARTICULO 1º: Constituyese una agrupación de funcionarios de la Universidad de La Frontera, que se regirá por la normativa que se contiene en el presente Estatuto, por sus reglamentos internos y, supletoriamente por las normas de la Ley 19.296 y su reglamento.

Se denominará "ASOCIACION REGIONAL DE FUNCIONARIOS DE LA UNIVERSIDAD DE LA FRONTERA", pudiendo usar para todos los efectos el nombre de fantasía o sigla "A.F.U.F.". ;Su domicilio para todo efecto legal será la ciudad de Temuco, Comuna de Temuco, Novena Región de la Araucanía, sin perjuicio de sedes u oficinas que establezca en otros lugares. Su duración será indefinida.

         


Universidad de La Frontera
Casilla 54-D
  Avenida Francisco Salazar 01145
Temuco - Chile

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